La Academia queda constituida como unidad administrativa, sin personalidad jurídica propia, dependiente del Departamento competente en materia coordinación de las policías locales.
La dirección, control y planificación de las funciones de la Academia corresponderán a un Director o Directora y a un Consejo Rector. Además, un grupo de Coordinación desarrolla todas las labores paralelas que requieren estas formaciones integrando al alumnado en cada parte de la misma.
Este Consejo Rector, estructurado en presidencia, vicepresidencia, vocalías y secretaría, lo forman diecinueve personas que, durante la vigencia de sus respectivos cargos, trazarán la directriz en cuanto a los temas y formatos que consideren de más interés para la formación de los agentes.